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SMA advierte a titulares por uso de entidades técnicas no autorizadas (ETFA) en informes de cumplimiento

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CA
hace 3 días
1 min de lectura

Categoría: Noticias y Anuncios | Materia: Ambiental

Etiquetas sugeridas: SMA; ETFA; ETCA; fiscalización ambiental; cumplimiento normativo; responsabilidad penal

El 5 de octubre de 2026 la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) emitió una advertencia a los titulares de proyectos tras detectar un aumento de inconsistencias en el marco del Sistema de Entidades Autorizadas, en particular el uso de entidades que no se encuentran autorizadas o cuya autorización está vencida o suspendida para prestar servicios como Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA) o Entidad Técnica de Certificación Ambiental (ETCA).

La SMA informó que los informes elaborados por entidades no autorizadas serán objetados y rechazados por no cumplir la normativa, y que los hechos que puedan revestir caracteres de delito serán denunciados al Ministerio Público, citando los artículos 213 (usurpación de funciones) y 467 (estafa) del Código Penal. Precisó también que un inspector ambiental no puede, por sí solo, prestar servicios de ETFA.

Relevancia práctica: los titulares deben verificar en los registros públicos de ETFA y ETCA la vigencia y el alcance de la autorización de la entidad antes de contratarla y antes de presentar cada reporte. Un informe rechazado puede traducirse en un incumplimiento de las obligaciones de monitoreo y reporte de la RCA o de la norma de emisión aplicable, con la consiguiente exposición sancionatoria. Recomendamos revisar los contratos vigentes con laboratorios y consultoras.

 
 
 

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