Corte de Santiago confirma multa de la DGA por obras mayores no autorizadas en río Manco y Canal Zañartu

Categoría: Jurisprudencia | Materia: Contencioso Administrativo
Etiquetas sugeridas: Corte de Apelaciones de Santiago; reclamación judicial; DGA; Código de Aguas; obras mayores; actos propios
La Corte de Apelaciones de Santiago, en causa Rol N° 185-2025 (Contencioso Administrativo), rechazó la reclamación deducida por la Asociación de Canalistas del Canal Zañartu contra la Dirección General de Aguas (DGA) y confirmó una multa de 220,7 UTM por la ejecución de obras mayores sin autorización previa en el río Manco y el Canal Zañartu. El fallo fue difundido el 3 de octubre de 2026 (fecha exacta de la sentencia por verificar).
La Corte estimó que el revestimiento de aproximadamente 1.904 metros de canal, que transformó su sección trapezoidal de tierra en una sección rectangular de hormigón, alteró sustancialmente la capacidad de conducción del cauce y, por tanto, requería aprobación previa de la DGA conforme al artículo 294 del Código de Aguas y su reglamento. Desestimó, además, los argumentos fundados en consultas informales previas a la autoridad (2017-2018) y en la doctrina de los actos propios, señalando que el interés protegido por estas normas no reside en el carácter innovador de la obra, sino en el control técnico preventivo de intervenciones capaces de alterar la capacidad de un cauce.
Relevancia práctica: para asociaciones de canalistas, empresas sanitarias, mineras y energéticas, el fallo confirma que las obras de mejoramiento o revestimiento pueden calificar como obras mayores aunque no amplíen el uso del recurso, y que las comunicaciones informales con la DGA no sustituyen la autorización formal.

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